1 de febrero de 2026

La Inspección de Trabajo recuerda a Comes que la vigilancia de la salud no es opcional

Hay empresas que gestionan la prevención de riesgos laborales como si fuera una newsletter: interesante, pero prescindible.

La Inspección de Trabajo, sin embargo, es menos creativa.

El pasado 14 de julio de 2025 el comité de empresa registro ante la Dirección de la empresa una solicitud formal para la realización efectiva de los reconocimientos médicos de vigilancia de la salud, de carácter general para toda la plantilla y con carácter obligatorio para el personal conductor, basándose en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en la sentencia del Tribunal Supremo 452/2019. La empresa ni contestó a ese escrito, ni planificó los reconocimientos para tod@s l@s trabajador@s, ni convocó la Comisión de Seguridad y Salud para tratar este asunto, vulnerando también nuestros derechos de información y consulta como representantes de la plantilla.

Ante este incumplimiento, el 8 de octubre de 2025 el Presidente y el Secretario del Comité intercentros denunció ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz por la falta de vigilancia de la salud, la ausencia de documentación preventiva adecuada y la vulneración de los derechos de participación en materia de prevención. En dicha denuncia puso de manifiesto el riesgo evidente que supone para las personas conductoras y para los usuarios del transporte de viajeros que no se realicen los reconocimientos médicos que exige la normativa y la jurisprudencia.

Tras la investigación, la Inspección ha constatado que, aunque Comes dispone de Plan de Prevención, evaluación de riesgos y planificación preventiva, no ha ejecutado la medida de vigilancia de la salud prevista ni de forma general ni específica para el personal conductor. El informe inspector declara que la empresa incumple el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y califica este incumplimiento como infracción grave, al no haber acreditado la realización de los reconocimientos médicos obligatorios para un colectivo cuyo estado de salud puede suponer un riesgo para sí mismo y para terceras personas.

Como resultado, la Inspección de Trabajo ha requerido a Transportes Generales Comes S.A. a que proceda a la realización efectiva de los reconocimientos médicos periódicos de vigilancia de la salud para el personal conductor, conforme al protocolo de vigilancia de la salud elaborado por el servicio de prevención ajeno, y a que remita la información sobre las medidas de carácter colectivo a la representación legal de las personas trabajadoras en el plazo de dos meses naturales desde la notificación del requerimiento. Esta resolución supone un claro respaldo a la actuación del Comité Intercentros y un paso importante en la defensa de la salud laboral y la seguridad en el transporte de viajeros en nuestra empresa.

Desde el Comité Intercentros nos hacen llegar que valoran muy positivamente esta resolución y anuncian que realizarán un seguimiento exhaustivo de su cumplimiento, utilizando todas las herramientas legales y sindicales a su alcance si la empresa persiste en incumplir sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud de la plantilla conductora.