Transportes Comes bloquea la huelga con
servicios mínimos ilegales mientras registra un plan de igualdad sin negociar y
discrimina al 43% de su plantilla
El Comité de Empresa denuncia una doble
ilegalidad: servicios mínimos que superan lo fijado por la Junta de Andalucía
para reventar la huelga del 4 de mayo, y un plan de igualdad registrado
unilateralmente —sin negociación con la representación legal de los
trabajadores— que, junto con el artículo 36 del convenio colectivo, excluye del
premio de jubilación a más del 43% de la plantilla en situación de
eventualidad.
Servicios mínimos ilegales para neutralizar la huelga
El próximo lunes 4 de mayo de 2026 tendrá
lugar la primera jornada de huelga de 24 horas en Transportes Generales Comes,
S.A. (TGC), empresa concesionaria de líneas de transporte interurbano en
Andalucía. Ante esta convocatoria, la dirección ha publicado unos cuadros de
servicios mínimos que el Comité de Empresa considera manifiestamente ilegales.
Tras analizar los cuadros de las bases de
Algeciras-La Línea, Barbate, Cádiz, Jerez-Rota y Sevilla, el Comité ha
constatado tres irregularidades:
·
Solapamiento de
servicios. Se duplican expediciones que se cubren mutuamente, inflando
artificialmente el número de servicios obligatorios.
·
Categorías no
contempladas en la resolución oficial. La empresa incluye a taquilleros,
personal administrativo y de talleres, expresamente excluidos de los
servicios mínimos fijados por la Junta de Andalucía
·
Retenes ilegales. Se designan servicios de retén pese a que la
Inspección de Trabajo ya notificó a la empresa la improcedencia de esta
práctica en resoluciones anteriores.
El Comité pondrá todas estas irregularidades
en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que adopte
las medidas oportunas.
La empresa ignoró todas las ofertas de negociación
Tras la reunión celebrada el 29 de abril en el
SERCLA, la empresa no volvió a contactar con el Comité. Ese mismo día, los
representantes de los trabajadores trasladaron por escrito su disponibilidad
total para negociar los días 30 de abril y 1, 2 y 3 de mayo. La dirección no
respondió.
Los trabajadores lamentan las molestias que
los paros puedan ocasionar a la ciudadanía, pero señalan que la responsabilidad
recae enteramente en la actitud inmovilista de la dirección.
Plan de igualdad registrado sin negociar y discriminación estructural de
eventuales
La huelga no es un hecho aislado. Se inscribe
en un conflicto laboral de fondo que la dirección de TGC arrastra sin voluntad
de resolución. El ejemplo más grave es el del plan de igualdad: la empresa lo
ha registrado ante la autoridad laboral sin completar su negociación con la
representación legal de los trabajadores (RLT), en abierta vulneración del
artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007 y del Real Decreto 901/2020, que exigen
que el plan sea resultado de un proceso negociador con la parte social.
Este atropello normativo resulta especialmente
grave cuando se examina el contenido del propio plan: la empresa opera con
una tasa de eventualidad que no baja del 43% de la plantilla. Más de cuatro
de cada diez trabajadores de TGC son eventuales.
A esta situación se añade una discriminación
retributiva directa incrustada en el propio convenio colectivo. El artículo 36
establece una doble tabla salarial que fija condiciones económicas distintas
según la fecha de ingreso en la empresa: los trabajadores incorporados
antes de 2017 perciben retribuciones sensiblemente superiores a los que
entraron a partir de ese año, aunque desempeñen exactamente las mismas
funciones. La brecha es escandalosa: en determinados trayectos, la diferencia
salarial entre ambos grupos supera el 66%. Dos conductores, el mismo
autobús, la misma ruta, el mismo horario — y uno cobrará menos de la mitad que
el otro cuando termine su relación laboral, únicamente por haber entrado en la
empresa después de 2017.
Dado que la práctica totalidad de los
trabajadores con eventualidad estructural se han incorporado a partir de 2017,
esta doble tabla impacta directamente sobre el 43% de la plantilla. El Comité
de Empresa denuncia que esta discriminación retributiva por fecha de ingreso
vulnera el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores y el principio de igual
retribución por trabajo de igual valor, y que la empresa la perpetua sin
corrección alguna mientras registra un plan de igualdad que no ha negociado con
la representación legal de los trabajadores.
El Comité exige negociación inmediata en todos los frentes
El Comité de Empresa reitera su disposición al
diálogo y exige a la dirección de Transportes generales Comes que abandone su
postura inmovilista y retome las conversaciones de manera inmediata: sobre las
condiciones que originaron la convocatoria de huelga, sobre el plan de
igualdad, y sobre la discriminación que el artículo 36 del convenio impone al
43% de la plantilla.
"No se puede registrar
un plan de igualdad sin negociarlo, mantener a casi la mitad de la plantilla
pagándoles más de un 66% menos que a sus compañeros por el mismo trabajo —solo
por haber entrado en la empresa después de 2017— y encima pretender que el
derecho a huelga no existe. Todo esto es ilegal y lo vamos a combatir en todos
los frentes."
Comité de Empresa de Transportes Generales
Comes, S.A.